Furgones escolares: “Los padres deben ser los primeros fiscalizadores”

"Si el año de fabricación del vehículo es del 2007 en adelante, todos los asientos deben tener cinturón de seguridad y deben ser utilizados por los ocupantes del vehículo"

“Los vehículos deben estar inscritos en el Registro Nacional de Transportistas Escolares. Los conductores, a su vez, deben tener la licencia que corresponde y el vehículo tiene que contar con las condiciones que exige la normativa”.

Así lo destacó el subsecretario de Transportes, José Luis Domínguez, luego de cumplir en Temuco con una fiscalización preventiva a un conjunto de furgones escolares, apoyado por Carabineros y representantes de la Confederación de Transporte Escolar.

Agregó Domínguez: “Los padres deben ser los primeros fiscalizadores al momento de contratar estos servicios y los instamos a revisar que, tanto el vehículo como los conductores, cumplan con las exigencias establecidas en la normativa y, de esta forma, contribuir a que el viaje de los niños y niñas se realice de forma segura”.

En la actividad fiscalizadora, se revisaron las condiciones de funcionamiento de varios furgones escolares, además de su correspondiente documentación de los encargados y se  entregó una serie de recomendaciones que deben tener en cuenta los padres y apoderados al momento de contratar un servicio de transporte para sus hijos, como por ejemplo:

Verificar la inscripción del vehículo en el Registro Nacional de Transporte Escolar. Esto acredita que cuenta con el certificado respectivo para realizar este tipo de servicio. Además, el conductor debe portar licencia de conducir profesional clase A1 (antigua) o A3.

Debe respetarse la capacidad máxima de pasajeros que se señala al interior del furgón; Los asientos vayan ubicados hacia el frente y con un respaldo igual o superior a los 35 centímetros;  Si viajan más de 5 niños preescolares, el conductor debe ir acompañado por un adulto.

También se recomienda a los padres y apoderados que se preocupen de revisar el Registro de Inhabilidades para Trabajar con Menores de Edad, herramienta perteneciente al Registro Civil, que ofrece a la ciudadanía un sistema de consulta que agrupa a todas las personas que han sido condenados por delitos sexuales contra menores, y que poseen actualmente inhabilidades perpetuas o temporales para desempeñar cualquier trabajo u oficio que implique un trato directo con niños, niñas y adolescentes.

El capitán de la Comisaría de Investigación de Accidentes de Tránsito y Carreteras de Cautín, David Fuentes, dijo: “nuestra principal preocpoupación es la seguridad de las personas que son usuarias de las vías, en esto caso en particular, los menores de edad que son transportados en transporte escolar y que para nosotros es fundamental el bienestar de ellos. Por lo mismo el llamado es educar a nuestros hijos en el uso del cinturón de seguridad, preocuparnos de las condiciones de los vehículos, que se encuentren inscritos, porque esta fiscalización parte de la casa y de los padres”.

Por su parte, el Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de La Araucanía, Luis Calderón, comentó: “Es imprescindible constatar que, si el año de fabricación del vehículo es del 2007 en adelante, todos los asientos deben tener cinturón de seguridad y deben ser utilizados por los ocupantes del vehículo. Asimismo, todos los menores de 12 años deben viajar en los asientos traseros”.

 

Por Sergio Peña Herrera.