El Concejo Municipal de Angol aprobó el decreto número 487 que aprueba la ordenanza sobre uso de mascarillas y protección facial en el contexto del brote del Covid-19 en el espacio público de la comuna, según la cual las personas que transiten por la vía pública o acudan a edificios de uso público dentro de la comuna, deberán usar con carácter de obligatoriedad mascarillas o dispositivos que cubran boca y nariz, para así contener cuanto sea posible, la propagación del virus que hasta este jueves sumaba 27 casos positivos en la capital mallequina.
El artículo 1° de la ordenanza señala textualmente que “toda persona que transite por el espacio público o bien que se encuentre en lugares de uso público, dentro del área urbana de la ciudad de Angol, de forma peatonal o en vehículos con ventanas abiertas, deberá hacer uso de mascarilla o elemento similar o análogo que proteja y cubra totalmente su nariz y boca. La mascarillas deberá colocarse minuciosamente para que cubra nariz y boca u anudarla firmemente para que no haya espacio de separación con la cara”.
El alcalde, Enrique Neira, explicó que se tomó esta decisión en función de que muchas personas no acatan las medidas preventivas que se dictan en el marco de esta pandemia. “Todas estas medidas que estamos tomando van orientadas específicamente al cuidado de las personas, tenemos que cuidarnos, si yo me cuido estoy cuidando a las demás personas, especialmente a mi grupo familiar. Lo ideal habría sido no tomar una medida de esta naturaleza, pero la gente por una u otra razón, no nos colabora, por eso hay que llegar a estas instancias”, acotó.
Asimismo, destacaron que tal como se señala en el artículo 1°, las mascarillas podrán ser de cualquier material, preferiblemente hechas en casa, pero que cumplan con la función de cubrir efectivamente nariz y boca “para evitar que los fluidos que se expelen desde la vía nasal o bucal de una persona, se traspasen a otras o a elementos e instalaciones de los espacios y edificios públicos”. No se obliga que la mascarilla sea de tipo quirúrgica o clínica.
La ordenanza contempla una infracción o multa de hasta 1 unidad tributaria, lo que equivale en los actuales momentos a 50.221 pesos y, de acuerdo al artículo 5° del instrumento legal, podrá ser impuesta por inspectores municipales, autoridades policiales y/o militares que estén a cargo de la seguridad y cumplimiento de las medidas de prevención y protección durante el estado de excepción constitucional vigente.