A partir del pasado 21 de mayo se pueden conocer las observaciones que el Servicio de Impuestos Internos (SII) realizó a las declaraciones de impuestos durante el periodo de Operación Renta 2023.
Esta etapa abre la posibilidad para que las y los contribuyentes puedan aclarar, rectificar o impugnar en el caso que corresponda estas observaciones por lo que se recomienda revisar las declaraciones que tuvieron este tipo de indicaciones. “Si la declaración de impuestos presenta observaciones es importante que esto sea resuelto oportunamente para evitar multas y facilitar la devolución de impuestos”, explicó Roberto Rodríguez, jefe de división Tributaria de la Defensoría del Contribuyente, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Para ello, existen cuatro mecanismos a los cuales las y los contribuyentes pueden recurrir de manera de aclarar este tipo de observaciones, para lo cual la Defensoría está facultada para representar administrativamente a los contribuyentes ante al SII.
Así, las y los contribuyentes pueden interponer Recursos de resguardo ante vulneraciones de derechos; Reposición Administrativa Voluntaria (RAV) si no está de acuerdo con una resolución adoptada por el SII, liquidación o giro de impuestos, Recurso Jerárquico si la resolución del procedimiento RAV no fue favorable; y Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF) si existe algún vicio o error manifiesto en alguna resolución, liquidación o giro de impuestos.
La Defensoría del Contribuyente está facultada para ayudar a corregir y entregar asistencia para facilitar el cumplimiento tributario y a defender a las y los contribuyentes frente a eventuales vulneraciones de derechos que se cometan por parte del SII.
Al respecto, dijo Roberto Rodríguez: “Los contribuyentes tienen derecho, entre otros, a rectificar sus declaraciones y a impugnar las actuaciones del Servicio cuando estimen vulnerados sus derechos o tales actuaciones infrinjan la ley. Se recomienda que las y los contribuyentes se informen sobre las razones por las cuáles se realizó la observación de su declaración de Impuestos, de manera de corregirla oportunamente en los casos que haya información errada”.
INFORMACIÓN
Las observaciones de las declaraciones de impuestos se producen porque que la información revisada por parte del Servicio de Impuestos Internos no es concordante entre lo declarado por parte de las y los contribuyentes y agentes retenedores.
Estas diferencias pueden deberse a muchas razones, entre las que destacan problemas con el crédito por gastos en educación, diferencias con la información entregada por el empleador, empleadora o la empresa a la que se prestaron servicios y en el caso de las Pymes se debe a diferencias de información de las Declaraciones Juradas ya sea por créditos observados o control de remuneraciones.
Las observaciones más frecuentes que enfrentan los contribuyentes, como explicó Rodríguez, son las siguientes:
PYMES En el caso de las declaraciones de las pequeñas y medianas empresas podrían presentar inconsistencias debido a diferencias entre la información declarada en el Formulario 22 y la disponible en los registros del Servicio. Esto puede deberse a cambios de información con posterioridad a la presentación de la declaración, diferencias que deben ser resueltas. Las más comunes son:
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