Modificar el Código Penal, para aumentar las sanciones a quienes arrojen basura en sitios eriazos y espacios públicos, es el objetivo principal del proyecto de ley que será analizado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado
La iniciativa eleva los rangos sancionatorios del Código Penal a quienes cometen este tipo de conductas en sitios eriazos y espacios como plazas, caminos o calles, playas o monumentos naturales.
Para quienes incumplan la norma, se propone pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y una multa de 4 UTM (Unidad Tributaria Mensual, aproximadamente $257.372). Además, se establece la prestación de servicios en beneficio de la comunidad a quienes ensucien, arrojen o abandonen basura, materiales o desechos, en dichos espacios.
La pena de prestación de servicios se aplicará debiendo existir consentimiento previo del condenado; de no existir consentimiento, se aplicará la pena accesoria de multa de 8 UTM (aproximadamente $514.744), sin perjuicio de la pena privativa de libertad.
También se propone sancionar con la misma pena de presidio, multa de 10 UTM y suspensión para conducir vehículos a tracción mecánica o animal, al que encargue o transporte, mediante vehículos motorizados o no motorizados el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos a vertederos o depósitos clandestinos.
Además, se propone sancionar con la pena señalada, pero aumentada en un grado (desde 541 a 3 años y 1 día) y multa de 15 UTM, a quienes cometen este tipo de conductas en playas, riberas de ríos y zonas protegidas, tales como monumentos naturales, áreas de conservación u otros de similares características de protección por parte del Estado.
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